Descripción del servicio
La Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), Solicitud de incorporación de una Sociedades de gestión colectiva de autores, o de titulares de derechos afines para gestionar en la República Dominicana.
A quién va dirigido
Departamento que lo ofrece
Información de contacto
Requerimientos o requisitos
1-Estatutos Sociales. Los cuales deben contener la siguiente información:
- Que la entidad se haya constituido sin fines de lucro y con arreglo a las exigencias de la Ley y este Reglamento.
- Que la organización tenga como objeto social la gestión colectiva del derecho de autor o de los derechos afines.
- Que la sociedad solicitante se obligue a aceptar la administración de los derechos que se le encomienden, de acuerdo al género de explotación para el cual haya sido constituida.
- Que la autorización favorezca los intereses generales de la protección del derecho de autor o de los derechos afines en la República Dominicana.
- El número de titulares de derechos que se hayan comprometido a confiarle a la entidad la gestión de los mismos, en caso de ser autorizada.
- La representación esperada de repertorio nacional.
- El volumen del repertorio que se aspira a administrar y la presencia efectiva del mismo en las actividades realizadas por los usuarios más significativos.
- La cantidad e importancia de los usuarios potenciales.
- La idoneidad de los estatutos societarios y de los medios que cuenta la entidad para el cumplimiento de sus fines.
- La posible efectividad de la gestión de la sociedad en el extranjero, mediante probables contratos de representación con entidades de la misma naturaleza que funcionen en el exterior.
- La denominación, que no podrá ser idéntica a la de otras entidades ni tan semejante que pueda inducir a confusión.
- El objeto o fines societarios con especificación de la categoría o categorías de los derechos administrados, no pudiendo dedicar su actividad fuera del ámbito de la protección del derecho de autor o de los derechos afines.
Las clases de titulares de derechos comprendidos en la gestión y, en su caso, las distintas categorías de aquellos, a efectos de su participación en la administración de la entidad. - Las condiciones para la adquisición y pérdida de la cualidad de asociado, así como para la suspensión de los derechos sociales. En todo caso, los socios deberán ser titulares de derechos de los que haya de gestionar la sociedad. El número de ellos no podrá ser inferior a diez.
- Los derechos y deberes de los socios y, en particular, el régimen de votos y el disciplinario. Para la elección de los órganos de gobierno y representación el voto deberá ser secreto.
- Los órganos de gobierno y representación de la sociedad y sus respectivas competencias, así como las normas relativas a la convocatoria, constitución y funcionamiento de aquellos que sean de carácter colegiado. Los órganos serán, al menos, los siguientes: la Asamblea General, el Consejo Directivo y un Comité de Vigilancia.
- El procedimiento de elección de los administradores.
- El patrimonio inicial y los recursos económicos previstos.
- Las reglas a que han de someterse los sistemas de reparto de la recaudación.
- El régimen de control de la gestión económica y financiera de la sociedad.
- El destino del patrimonio o del activo neto resultante en los supuestos de liquidación de la entidad que, en ningún caso, podrá ser objeto de reparto entre los asociados.
2-Acta de Asamblea General Constitutiva
3-Certificados de ONAPI (Logo y Nombre
4-Relación y nómina de asistentes a la Asamblea Constitutiva
5-Informe de viabilidad
6-El informe de las organizaciones de gestión ya constituidas y autorizadas, de considerarse conveniente.
Procedimientos a seguir
- Depositar de manera presencial
- Se recibe la solicitud de la sociedad en Atención al Usuario y se procede al pago de la tasa por solicitud.
Se envía el expediente al Departamento de Sociedades de Gestión Colectiva para su evaluación - El Departamento de Sociedades de Gestión Colectiva emite el Dictamen favorable o desfavorable
- La ONDA emite la Resolución de aprobación o rechazo de la sociedad.
- En caso de emitir la Resolución de Aprobación, se procede a contactar a los representantes de la Sociedad para que procedan a pagar la tasa de Homologación de aprobación de una Sociedad de Gestión Colectiva y al depósito de 7 copias del expediente completo de los documentos de la sociedad
- Se envían las 7 copias al Poder Ejecutivo para la emisión del Decreto de Incorporación
- Publicación del Decreto
- Inscripción de los documentos y del derecho en la ONDA
- Emisión del certificado de Registro
- Entrega a la Sociedad de Gestión del certificado de registro, del derecho de incorporación y de los documentos debidamente certificados.
Horario de prestación
8:30 a.m. a 4:00 p.m. Registro Sociedades de Gestión ColectivaCosto
RD$10,000.00 - RD$40,000.00Tiempo de realización
3 mesesCanal de Prestación
PresencialInformación adicional
Metodo de pago
- Depósito o transferencia bancaria a la cuenta ahorro No. 2400153919 Banreservas.
- Efectivo
Deposito de expediente: RD$10,000.00
Homologacion: RD$40,000.00
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