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Preguntas Frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES

 

  1. ¿Qué es la ONDA?

La Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), es el organismo del Estado dominicano encargado de administrar, regular y tutelar todo lo relacionado con el derecho de autor en la República Dominicana. Este surge mediante la Ley No. 32-86 de fecha 04 de julio de 1986, modificada luego con la Ley 65-00, del 24 de julio del año 2000. Es a partir de la promulgación de la ley que se crea este organismo con una jurisdicción nacional, quedando instituido como un instrumento jurídico moderno y eficaz para la protección de los derechos materiales y patrimoniales de autores e intervinientes en la creación y producción en los bienes y servicios culturales en República Dominicana.

  1. ¿Cuál es la función principal de la ONDA?

-Es administrar y tutelar todo lo relacionado con el derecho de autor y hacer cumplir las leyes y los reglamentos, contribuyendo con el desarrollo de una cultura de respeto y seguridad.

– Orientar, coordinar y fiscalizar en sede administrativa la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales de los cuales forme parte la Republica, en materia de derecho de autor y derechos afines, y vigilar su cumplimiento.

– Organizar y administrar el Registro del Derecho de Autor y el Depósito Legal.

– Ejercer la función de autorización, inspección y vigilancia de las sociedades de gestión colectivas, y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.

– Intervenir por vía de conciliación, aun de oficio, y arbitraje, cuando así lo soliciten las partes, en los conflictos que se presenten por motivo de goce o el ejercicio de los derechos reconocidos en la ley.

– Ejercer, de oficio o a petición de las partes, las funciones de vigilancia e inspección sobre las actividades que puedan dar lugar al ejercicio del derecho de autor o a los derechos afines, estando obligados los usuarios a
brindar todas las facilidades necesarias a los fines de la fiscalización y proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida.

– Presentar, si lo considera pertinente, denuncia penal, cuando tenga conocimiento de un hecho que constituya presunto delito.

– Emitir informe técnico no vinculante en los procesos civiles y penales que se ventilen sobre el goce o el ejercicio del derecho de autor o los derechos afines, cuando sean requerido por el juez, de oficio o a petición de
parte.

– Desarrollar programas de difusión, capacitación y formación en materia de derecho de autor y derechos conexos.

– Dictar y practicar inspecciones, medidas preventivas o cautelares, inclusive para la recolección de pruebas, pudiendo actuar por declaración expresa y fundada del titular del derecho, sus representantes o causa-habientes
debidamente autorizados, o por la sociedad de gestión colectiva correspondiente, e inclusive de oficio.

– Aplicar, de oficio o a petición de las partes, las sanciones administrativas para las cuales tenga competencia, en conformidad con la ley y sus reglamentos, pudiendo amonestar, multar, incautar o decomisar, así como disponer
el cierre temporal o definitivo de los establecimientos infractores.

– Ordenar, mediante resolución motivada y luego de ofrecer a las partes el derecho a presentar alegatos y pruebas, la destrucción de los ejemplares que constituyen una infracción y, en caso necesario, de los moldes, planchas,
matrices, negativos y demás elementos destinados a la producción de tales ejemplares, levantando previamente a estos efectos un acta donde se deje constancia pormenorizada de los bienes objeto de la destrucción.

– Promover la ejecución forzosa o cobranza coactiva de sus resoluciones.

– Requerir la intervención de las autoridades competentes y el auxilio de la fuerza pública para ejecutar sus resoluciones.
Fijar por resolución los derechos sobre formulario, certificados, inscripciones, copia, extractos o documentos que tramite o expida.

– Las demás que le establezca la ley el reglamento.

 

  1. ¿Cuál es el horario laboral

Horario : Lunes a Viernes 8:30 am a 4:00 pm

  1. ¿Dónde está ubicada la oficina?

OFICINA PRINCIPAL

Dirección: Avenida Roberto Pastoriza #317, Ensanche Naco, Distrito Nacional.

Teléfono: (829)-593-6632

Email: [email protected]

SEDE DE SANTIAGO

Av. Estrella Sahdala Edificio Antonio Guzmán Frente a Frete a la central de Claro, de Santiago en el Huacalito 1er nivel al lado de la Oficialía Civil.

Tel. (809) 337-5082

Tel. (829) 593-6632-ext-2028-2029

 

 

 

 

  1. ¿Como registrar el perfil y registros en línea?

 

  • Registrarse en el Portal gob.do (Si ya está registrado solamente tiene que ingresar con su usuario y su clave en Iniciar sesión para continuar)
  • Presionar el botón de Obtener el Servicio
  • Completar el formulario con los datos solicitados
  • Adjuntar documentación requerida
  • Enviar solicitud
  • Realizar pago correspondiente vb

 

  1. ¿Qué información tomar en cuenta al registrar o solicitar un servicio?
  • Para el registro de la obra o retiro del certificado, si el solicitante no es el Autor, Productor o Titular de la Obra, deberá anexar un poder simple de representación, y documento de identidad en formato JPEG o PDF. Si el poder ha sido otorgado en el extranjero deberá estar traducido al idioma español por un intérprete judicial.
  • Documentos de identidad validos: Cedula de Identidad Nacional (ambos lados) o Pasaporte en caso de ser extranjero.
  • Si el solicitante es el Productor o Titular Derivado de la Obra, deberá anexar contrato de cesión de derechos patrimoniales legalizado por la Procuraduría General (Si el contrato ha sido realizado en el extranjero deberá estar apostillado en el país de origen y traducido al idioma español por un intérprete judicial) y documento de identidad en formato JPEG o PDF.
  • Si es una persona moral o jurídica, anexar en formato JPEG o PDF el registro mercantil de la razón social y el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
  • Si es una institución gubernamental deben anexar el documento de identidad del director o representante, el decreto presidencial que lo designa y el certificado de hacienda.
  • Si es una Asociación sin fines de lucro u ONG, anexar en formato JPEG o PDF decreto de su incorporación, certificación actualizada emitida por la Procuraduría General de la Republica y documento de identidad de su representante actual.
  • Si el autor es menor de edad, la solicitud de registro deberá ser realizada por uno de sus padres, tutor o representante legal, anexando en formato JPEG o PDF el Acta de Nacimiento original actualizada del menor y el documento de identidad de uno de sus padres, tutor o representante legal.
  • Si es obra póstuma, anexar en formato JPEG o PDF acta de defunción, compulsa del acto de notoriedad de Determinación de Herederos realizado ante Notario Público para validar la calidad. La compulsa debe de estar debidamente legalizada ante la Procuraduría General de la República, el acta de matrimonio (si aplica), y acta de nacimiento (si aplica).
  1. ¿Cuáles son los servicios que ofrece la ONDA?

 

  1. Registro de obras artísticas, literarias y científicas
  2. Resolución alternativa de conflictos
  3. Capacitaciones sobre derecho de autor y derechos conexos
  4. Inspecciones del Derecho de Autor y derechos conexos
  5. Sociedades de Gestión Colectiva (DSGC)

 

  1. ¿Cuáles son los requisitos Obras científicas?

 

  1. Documento de identidad digital del autor y/o autores en formato JPEG o PDF. 2. Una breve descripción de la obra (no más de 10 líneas), cn formato JPEG o PDF. 3. Soporte material que contenga la obra en formato JPEG, PDF, MP3 o MP4 (según aplique).
  2. Soporte material del código fuente en el lenguaje programado (aplica para programas de computadoras).

 

  1. ¿Cuáles son los requisitos Obras Artísticas)

 

  1. Documento de identidad digital del autor y/o autores en formato JPEG o PDF. 2. Una breve descripción de la obra (no más de 10 líneas), en formato JPEG o PDF. 3. Soporte material que contenga la obra en formato JPEG, PDF, MP3 o MP4 (según aplique).
  2. Indicar créditos de autores, interpretes principales, y otros elementos que integren la ficha teciiica (aplica para obras audiovisuales y escénicas).

 

  1. ¿Como se entrega el soporte material para el registro de las obras?

 

El soporte material de la obra debe entregarse en una memoria USB.