Es un órgano interno de la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA) que tiene como función principal, emitir informe técnico no vinculante en los procesos civiles y penales que se ventilen sobre el goce o el ejercicio del derecho de autor o los derechos afines, cuando así sea requerido por el Juez, de oficio o a petición de parte, incluyendo aquellos solicitados por un árbitro de oficio o a petición de parte en procedimiento administrativo arbitral, conforme a la ordenanza establecida en el numeral 7 del artículo 107 del Reglamento de Aplicación No. 362-01 de la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor, y el artículo 33 de la Ley No. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
Servicio
El servicio del DIP está restringido para jueces, fiscales y árbitros conforme a sus respectivas jurisdicciones.