La Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), es el organismo del Estado dominicano encargado de administrar, regular y tutelar todo lo relacionado con el derecho de autor en la República Dominicana. Este surge mediante la Ley No. 32-86 de fecha 04 de julio de 1986, la cual con su promulgación se constituyó en un instrumento jurídico moderno y eficaz para la protección de todas las obras comprendidas bajo el derecho de autor. A partir de este momento, se crea la Oficina Nacional de Derecho de Autor con una jurisdicción nacional y con la responsabilidad de cautelar y proteger administrativamente el derecho de autor y sus derechos afines.
SUS PRINCIPALES FUNCIONES:
Es administrar y tutelar todo lo relacionado con el derecho de autor y hacer cumplir las leyes y los reglamentos, contribuyendo con el desarrollo de una cultura de respeto y seguridad.
- Orientar, coordinar y fiscalizar en sede administrativa la aplicación de las leyes, tratados o convenciones internacionales de los cuales forme parte la Republica, en materia de derecho de autor y derechos afines, y vigilar su cumplimiento.
- Organizar y administrar el Registro del Derecho de Autor y el Deposito Legal.
- Ejercer la función de autorización, inspección y vigilancia de las sociedades de gestión colectivas, y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
- Intervenir por vía de conciliación, aun de oficio, y arbitraje, cuando así lo soliciten las partes, en los conflictos que se presenten por motivo de goce o el ejercicio de los derechos reconocidos en la ley.
- Ejercer, de oficio o a petición de las partes, las funciones de vigilancia e inspección sobre las actividades que puedan dar lugar al ejercicio del derecho de autor o a los derechos afines, estando obligados los usuarios a brindar todas las facilidades necesarias a los fines de la fiscalización y proporcionar toda la información y documentación que le sea requerida.
- Presentar, si lo considera pertinente, denuncia penal, cuando tenga conocimiento de un hecho que constituya presunto delito.
- Emitir informe técnico no vinculante en los procesos civiles y penales que se ventilen sobre el goce o el ejercicio del derecho de autor o los derechos afines, cuando sean requerido por el juez, de oficio o a petición de parte.
- Desarrollar programas de difusión, capacitación y formación en materia de derecho de autor y derechos conexos.
- Dictar y practicar inspecciones, medidas preventivas o cautelares, inclusive para la recolección de pruebas, pudiendo actuar por declaración expresa y fundada del titular del derecho, sus representantes o causa-habientes debidamente autorizados, o por la sociedad de gestión colectiva correspondiente, e inclusive de oficio.
- Aplicar, de oficio o a petición de las partes, las sanciones administrativas para las cuales tenga competencia, en conformidad con la ley y sus reglamentos, pudiendo amonestar, multar, incautar o decomisar, así como disponer el cierre temporal o definitivo de los establecimientos infractores.
- Ordenar, mediante resolución motivada y luego de ofrecer a las partes el derecho a presentar alegatos y pruebas, la destrucción de los ejemplares que constituyen una infracción y, en caso necesario, de los moldes, planchas, matrices, negativos y demás elementos destinados a la producción de tales ejemplares, levantando previamente a estos efectos un acta donde se deje constancia pormenorizada de los bienes objeto de la destrucción.
- Promover la ejecución forzosa o cobranza coactiva de sus resoluciones.
- Requerir la intervención de las autoridades competentes y el auxilio de la fuerza pública para ejecutar sus resoluciones.
- Fijar por resolución los derechos sobre formulario, certificados, inscripciones, copia, extractos o documentos que tramite o expida.
- Las demás que le establezca la ley el reglamento.
MISIÓN
Administrar y tutelar de conformidad con la Ley 65-00, todo lo relacionado con el derecho de autor y derecho conexo en la República Dominicana, así como de hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones, contribuyendo al desarrollo de una cultura de respeto y seguridad a la actividad creativa.
VISIÓN
Hacer de la Oficina Nacional de Derecho de Autor una institución reconocida nacional e internacionalmente dinámica, eficiente y capaz de lograr el desarrollo, proyección y consolidación de una cultura de respeto a la propiedad intelectual en República Dominicana.
VALORES INSTITUCIONALES
- Asistencia en el servicio
- Respeto a los derechos fundamentales de la personas
- Respeto a la verdad
- Igualdad de derechos entre hombres y mujeres
- Respeto e incentivo a la creatividad y la cultura
- Honestidad en los registros